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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX.2o.25 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 220558
- Clave de tesis
- IX.2o.25 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 204
INCOMPETENCIA. ACUERDO DE LAS JUNTAS QUE LA DECLARA. NO ES ACTO DEFINITIVO PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO ANTES DE SU ACEPTACION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 204
De conformidad con lo establecido por los artículos 73, fracción XVIII y 114, fracción IV, de la Ley de Amparo, la resolución en la cual una Junta declina la competencia para conocer de un asunto, no es definitiva para los efectos del juicio de amparo, en virtud de que tal acuerdo está supeditado a la aceptación o rechazo de la autoridad a quien se declinó la competencia, resolución que sería en su caso la que causara el agravio y que podría ser impugnada a través del amparo indirecto.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 232/91. Luis Tinajero Portes. 19 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Zárate Sánchez. Secretario: Víctor Hernández García.
Improcedencia 167/91. Rafael Esquivel Garibay. 3 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Cordero Corona. Secretario: Enrique Arizpe Rodríguez.
Octava Epoca, Tomo VIII-Diciembre, página 231.
Improcedencia 50/91. Florencio Sierra Jalomo. 20 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Juana María Meza López. Secretario: José Angel Hernández Huízar.
Octava Epoca, Tomo VIII-Diciembre, página 231.
Amparo en revisión 250/88. Martha Leticia Arredondo Orta. 9 de diciembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Juana María Meza López. Secretario: José Angel Hernández Huízar.
Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-1, página 292.