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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220680
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 278

TITULOS DE CREDITO. NO PIERDEN SU NATURALEZA CUANDO SE DAN EN GARANTIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 278

Precedentes

Amparo directo 559/90. Ramón Cruz Aguila. 6 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretaria: María Roldán Sánchez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o. J/160, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, enero de 1999, página 810, de rubro: "TÍTULOS DE CRÉDITO. NO PIERDEN SU NATURALEZA CUANDO SE DAN EN GARANTÍA."
Registro digital (IUS): 220680