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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220718
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 126

APELACION. EL AUTO QUE LA DESECHA NO ES RECURRIBLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 126

Precedentes

Amparo directo 335/91. Antonio Mota Bretón. 29 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Rolando Javier García Martínez. Amparo directo 398/89. Rosalinda Ortega Martínez. 23 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Irma Salgado López.
Registro digital (IUS): 220718