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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220752
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 147

CONTRATO DE TRABAJO, PRORROGA DEL. ES IMPROCEDENTE SI EL TRABAJADOR RENUNCIA ANTES DE SU TERMINO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 147

Precedentes

Amparo directo 791/91. Manuel Adolfo López Reyes. 18 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Manuel Rojas Fonseca. Amparo directo 401/91. Héctor Candelario Villegas. 12 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: José Manuel Rodríguez Puerto. Octava Epoca: Tomo VIII-Diciembre, página 172. Amparo directo 509/88 (8314/88). Ma. de los Angeles García Alamina. 5 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fortino Valencia Sandoval. Secretario: Leonardo A. López Taboada. Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-1, página 225
Registro digital (IUS): 220752