Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/220767
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220767
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 158

DESCANSO OBLIGATORIO, SON DE OBSERVANCIA NECESARIA PARA LOS PATRONES LOS DIAS DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 158

Precedentes

Amparo directo 82/91. Candelario Guzmán Pérez. 24 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar.
Registro digital (IUS): 220767