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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 220795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 177
GIROS MERCANTILES REGLAMENTADOS, CLAUSURA DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 177
Aunque con las documentales relativas a pagos al fisco federal, estatal y municipal, se acreditó la inscripción en los padrones fiscales de la explotación de un negocio de tortillería y el cumplimiento tributario correspondiente, tal circunstancia no releva de la obligación de contar con la licencia que autorice la actividad aludida cuando así está reglamentado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 347/87. Antonio Medina Serratos. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: Ernesto Encinas Villegas.