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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220817
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 191

JUNTAS ESPECIALES DE CONCILIACION. SU PRESIDENTE PUEDE DESEMPEÑAR FUNCIONES AUTONOMAS E INDEPENDIENTES DE LAS DE ESE CUERPO COLEGIADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 191

Precedentes

Amparo en revisión 746/91. Universidad Autónoma Metropolitana. 27 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Víctor Ruiz Contreras. Amparo en revisión 526/91. Juana Marín Maldonado. 18 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Víctor Ruiz Contreras. Octava Epoca, Tomo VIII-Diciembre, página 234.
Registro digital (IUS): 220817