Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/220830
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220830
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 207

PAGARES NO PIERDEN SU EJECUTIVIDAD POR EL HECHO DE NO CONTENER EL DATO DEL LUGAR DE SU EXPEDICION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 207

Precedentes

Amparo directo 566/91. María Irene Peña Valenzuela. 12 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Roberto Macías Valdivia. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 22/91 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a./J. 28/92, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 61, enero de 1993, página 48, con el rubro: "PAGARÉS CARENTES DE LA EXPRESIÓN DEL LUGAR DE EXPEDICIÓN. NO SURTEN EFECTOS."
Registro digital (IUS): 220830