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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220868
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 228

PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, EN EL JUICIO DE GARANTIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 228

Precedentes

Amparo directo 285/90. Blanca Aurora Hernández y Hernández y coags. 4 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretaria: Nilvia Josefina Flota Ocampo. Amparo directo 1451/90. Camerino Rueda Meza. 7 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Juan Sosa Jiménez. Octava Epoca, Tomo VII-Abril, página 222.
Registro digital (IUS): 220868