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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220917
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 262

SUSPENSION PROVISIONAL . EL QUEJOSO DEBE DEMOSTRAR SU INTERES JURIDICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 262

Precedentes

Queja 33/91. María Lourdes Carrillo Lucio y coag. 13 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Cordero Corona. Secretario: Alvaro González Vargas.
Registro digital (IUS): 220917