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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III. 1o. A. J/7 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 220957
- Clave de tesis
- III. 1o. A. J/7
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 104
CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES. CUESTIONES QUE NO CONSTITUYEN PLANTEAMIENTO DE.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 104
El planteamiento sobre que no son aplicables disposiciones tributarias estatales, sino aquellas que integran el régimen fiscal federal, constituye una controversia de mera legalidad y no de inconstitucionalidad de leyes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 34/90. Banco Nacional de México, S. N. C. 23 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: José Luis Castañeda Guajardo.
Amparo directo 46/90. Banco Nacional de México, S. N. C. 15 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretario: Manuel Andrade Aceves.
Amparo directo 49/90. Banco Nacional de México, S. N. C. 15 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretaria: Rosa Elena Sánchez Gómez.
Amparo directo 54/90. Banco Nacional de México, S. N. C. 15 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretario: Manuel Andrade Aceves.
Amparo directo 47/90. Banco Nacional de México, S. N. C. 15 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: José Luis Castañeda Guajardo.
Nota: Esta tesis también aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, 48, diciembre de 1991, página 78.