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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/13 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220974
Clave de tesis
V.2o. J/13
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 129

PRUEBAS. APRECIACION DE LAS, POR LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 129

Precedentes

Amparo directo 120/91. David Antonio Tapia Fregoso. 24 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas. Amparo directo 198/91. Relacionado con el 199/91. Financiera Nacional Azucarera, S. N. C., Síndico de la Quiebra de Compañía Minera de Cananea, S. A. de C.V. 5 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Jacobo López Ceniceros. Amparo directo 269/91. Juan Ozuna Sepúlveda. 21 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez- Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Amparo directo 309/91. Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. 18 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Amparo directo 294/91. Francisco E. Terrazas Rivera. 16 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez.
Registro digital (IUS): 220974