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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221015
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 167

CERTIFICACIONES DE LOS SECRETARIOS DE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. SU VALIDEZ.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 167

Precedentes

Amparo en revisión 471/91. Ingenio La Gloria, S. A. 27 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.1o.T. J/7, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, agosto de 1995, página 303, de rubro: "CERTIFICACIONES DE LOS SECRETARIOS DE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. SU VALIDEZ."
Registro digital (IUS): 221015