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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221016
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 167

CLAUSURA Y CANCELACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. NO SON CONSECUENCIA NECESARIA DE LA ORDEN DE VISITA Y DEL ACTA DE INSPECCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 167

Precedentes

Amparo en revisión 15/91. Jorge Erdely Graham. 8 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Registro digital (IUS): 221016