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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221062
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 217

FIDEICOMISO. CASO EN QUE CORRESPONDE AL FIDEICOMISARIO LA DEFENSA DE LA PROPIEDAD O POSESION DE LOS BIENES FIDEICOMETIDOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 4136/88. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 1o. de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera. Secretaria: Teresa Munguía Sánchez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 6/90 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a./J. 42/90, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VI, Primera Parte, julio a diciembre de 1990, página 197, con el rubro: "FIDUCIARIA. A ELLA CORRESPONDE LA DEFENSA DEL BIEN FIDEICOMITIDO, NO A LA FIDEICOMISARIA, QUIEN DEBE CONTAR CON PODER OTORGADO POR AQUELLA PARA TAL EFECTO."
Registro digital (IUS): 221062