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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221063
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 217

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. DEBE CONSTAR EN EL CUERPO DE LA RESOLUCION Y NO EN DOCUMENTO DISTINTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 217

Precedentes

Amparo en revisión 134/91. Fuegos Artificiales de México, S.A. de C.V. 22 de Mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Precedente: Revisión fiscal 21/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 19 de abril de 1989. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Lidia López Villa. Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-1, pág. 357.
Registro digital (IUS): 221063