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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221104
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 253

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. CASO EN QUE DEBE ESTIMARSE DE BUENA FE. AUN CUANDO NO SEA PARA REALIZARSE EN EL MISMO LUGAR EN QUE SE VENIAN DESEMPEÑANDO LAS LABORES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 253

Precedentes

Amparo directo 525/90. Blas Abundis Valdez y coagraviados. 4 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretario: Fernando O. Villarreal Delgado.
Registro digital (IUS): 221104