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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de octubre de 1995, el Tribunal en Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 8/95 en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221124
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 267

PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCION QUE DESCONOCE LA PERSONALIDAD DEL ACTOR. (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA NUMERO 28/89 DE LA H. TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 267

Precedentes

Amparo en revisión 47/91. Marco Antonio Robles Morales. 15 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de octubre de 1995, el Tribunal en Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 8/95 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 221124