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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 281
PRUEBAS DOCUMENTALES CONTRADICTORIAS, SU VALORACION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 281
Cuando el actor y el demandado ofrecen pruebas documentales que merecen pleno valor demostrativo, pero son contradictorias, para determinar cuál de ellas debe prevalecer, se debe tomar en cuenta la que se encuentre adminiculada con otras, que le den mayor realce convictivo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 563/91. Petróleos Mexicanos. 13 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Gilberto Díaz Ortiz.