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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221189
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 305

SENTENCIAS EN AMPARO, FALTA DE FIRMA DE LAS. DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 305

Precedentes

Amparo en revisión 1666/90. Ingeniería Gas e Instalaciones, S.A. y otro. 12 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretaria: Consuelo Garbuno Guerra. Amparo en revisión 376/89. Oscar F. Gómez Bolaños. 8 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretaria: Yolanda Ruiz Paredes. Amparo en revisión 1616/88. Jefe del Departamento del Distrito Federal (Roberto Barba Amezcua). 24 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinoza. Secretaria: Adela Domínguez Salazar. Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-2, página 542. Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-2, página 281.
Registro digital (IUS): 221189