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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221203
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 313

SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO, LA MUERTE DE UNA DE LAS PARTES ES UNA CAUSA DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 313

Precedentes

Amparo en revisión 347/91. Avril Maie Forsyth Mac Quarre. 3 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Simón Daniel Canales Aguiar. Amparo directo 311/89. María Peregrina Castillo López de Lozano. 8 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretaria: Patricia Chávez Alatorre.
Registro digital (IUS): 221203