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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221206
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 315

SUSPENSION TEMPORAL DE LA RELACION DE TRABAJO, COMO SANCION DISCIPLINARIA. NO PODRA EXCEDER DE OCHO DIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 315

Precedentes

Amparo directo 170/91. Universidad Juárez del Estado de Durango. 25 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretaria: Leticia R. Celis Saucedo.
Registro digital (IUS): 221206