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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. A. J/30 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221251
Clave de tesis
I. 3o. A. J/30
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 117

INCIDENTE DE REPOSICION DE AUTOS. APLICACION SUPLETORIA DEL CODIGO FEDERAL Y LOCAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. CARGA DE LA PRUEBA. EL PROMOVENTE DEL INCIDENTE DE REPOSICION DE AUTOS, DEBE APORTAR LOS DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA RESOLUCION DEL ASUNTO O BIEN GESTIONAR SOBRE SU APORTACION POR PARTE DE TERCEROS.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 117

Precedentes

Amparo directo 1783/89. Bufete Industrial Construcciones, S. A. de C. V. 23 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Amparo en revisión 1963/85. Restaurantes Feas, S. A. 26 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Atzimba Martínez Nolasco. Amparo en revisión 1427/85. Moisés Sevilla Menache. 29 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro. Amparo en revisión 1624/84. Constructora del Centro Rodín, S. A. de C. V. 7 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco. Amparo en revisión 1067/85. Cía Internacional de Muebles de Acero, S. A. 26 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco.
Registro digital (IUS): 221251