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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221339
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 189

CONTROL DE CAMBIOS, CUANDO LA MULTA IMPUESTA POR INFRACCION AL REGIMEN DE, SE BASA EN EL INCUMPLIMIENTO DE DIVERSOS COMPROMISOS DE VENTA DE DIVISAS Y LA QUEJOSA NIEGA HABERLOS FIRMADO, CORRESPONDE A LA AUTORIDAD SANCIONADORA DEMOSTRAR LO CONTRARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 189

Precedentes

Amparo directo 1203/91. Agroindustria Veracruzana, S. A. 25 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jesús García Vilchis.
Registro digital (IUS): 221339