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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.A.43 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221341
- Clave de tesis
- I.5o.A.43 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 191
CONTROL DE CAMBIOS. NATURALEZA DEL RECURSO PREVISTO EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY ORGANICA DEL BANCO DE MEXICO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 191
El artículo 19 de la Ley Orgánica del Banco de México, que establece la procedencia del recurso de revocación, contra resoluciones que imponen multas derivadas del régimen de control de cambios, impone la obligación de agotar ese recurso antes de acudir al juicio de nulidad, es decir, no resulta optativo para el afectado.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 145/91. Mexicana de Electrónica Industrial, S. A. de C. V. 14 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Manuel de J. Rosales Suárez.
Precedentes:
Octava Epoca:
Tomo I, Segunda Parte-1, página 210. (Amparo directo 2105/88. Albany Internacional, S.A. de C.V. 6 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J.S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: José Sánchez Moyaho.)
Tomo VII-Abril, página 165. (Amparo directo 745/88. Corporación Minera y de Construcción, S.A. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretaria: Ma. Rocío Ruiz Rodríguez.)