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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221391
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 222

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE HA CAUSADO EJECUTORIA DE UNA SECCION DEL JUICIO SUCESORIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 222

Precedentes

Amparo en revisión 377/90. Mireya Sánchez Murdas, en representación de sus menores hijas Viridiana y Hortensia Hernández Sánchez. 19 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Jorge Farrera Villalobos.
Registro digital (IUS): 221391