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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221442
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 260

PENA DE PRISION, SUSTITUCION DE LA, POR MULTA (LEGISLACION DEL ESTADO DE TABASCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 260

Precedentes

Amparo directo 625/91. Guadalupe Hernández May. 19 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Gilberto Díaz Ortiz. Amparo directo 320/89. María del Pilar Ruiz Acopa. 4 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alonso López Murillo. Secretaria: Martha Guadalupe Martínez Castillo. Amparo directo 11/88. Benancio Tiquet Marcial. 25 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Valdez García. Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte-2, página 465.
Registro digital (IUS): 221442