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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 287
RECONSIDERACION, RECURSO DE. GARANTIA DEL INTERES FISCAL, PREVIA A SU INTERPOSICION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 287
Si bien es cierto, que el numeral 99 de la Ley de Ingresos del municipio de Piedras Negras, Coahuila, textualmente establece: "los sujetos pasivos de un crédito fiscal podrán inconformarse con la determinación y liquidación que del mismo se haga previa garantía de un interés fiscal, interponiendo el recurso de reconsideración ante el tesorero municipal en un término no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación fiscal acompañando a su escrito las pruebas que a su derecho convengan, mismas que se recibirán en la audiencia de pruebas y alegatos que tendrá verificación, dentro de los tres días hábiles siguientes", también lo es que si el inconforme propuso el embargo precautorio en bienes de su propiedad para garantizar el crédito fiscal e interpuso en el mismo ocurso el recurso de reconsideración, esa circunstancia no implica que el causante no hubiera cumplido con la norma impuesta en el numeral invocado, por lo que de conformidad con los artículos 8 y 16 constitucionales, debió la responsable proveer sobre el aseguramiento de la garantía del interés fiscal, admitir el recurso de reconsideración y pronunciar la resolución correspondiente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 422/91. Raúl Rodríguez Cárdenas. 21 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Camacho Reyes. Secretaria: Laura Julia Villarreal Martínez.