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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221498
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 291

RENTA, IMPUESTO SOBRE LA. LA AUTORIZACION PARA DETERMINAR EL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO, CONSTITUYE REQUISITO INDISPENSABLE PARA REALIZAR LA DEDUCCION ADICIONAL, TRATANDOSE DE SOCIEDADES MERCANTILES PROPIETARIAS DE MAS DE UN 50% DE LAS ACCIONES CON DERECHO A VOTO DE OTRAS SOCIEDADES, ASI COMO PARA ESTAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 291

Precedentes

Amparo en revisión 2063/91. Cosbel, S. A. de C. V. 4 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jesús García Vilchis.
Registro digital (IUS): 221498