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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de octubre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 102/2004-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221514
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 301

REVOCACION, COMPUTO DEL TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL RECURSO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 301

Precedentes

Amparo directo 107/91. Alba Lidia Rodríguez Quiñónez. 15 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Maricela Molina Leyva. Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de octubre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 102/2004-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 221514