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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221621
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 138

AUTO DE FORMAL PRISION, CUANDO EN LAS CONSTANCIAS DE AUTOS EXISTE COPIA CERTIFICADA DEL. DEBE ESTUDIARSE SU CONSTITUCIONALIDAD O INCONSTITUCIONALIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 138

Precedentes

Amparo en revisión 440/90. Emma Leticia González Arrazate. 14 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.
Registro digital (IUS): 221621