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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221625
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 143

CADUCIDAD. DEBE ATENDERSE PREVIAMENTE A LA RESOLUCION DEFINITIVA.(LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 143

Precedentes

Amparo directo 197/86. Teresa Aurora Calles Vargas. 15 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico.
Registro digital (IUS): 221625