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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221632
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 147

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, SU ARTICULO 209, ULTIMO PARRAFO NO ES VIOLATORIO DE LA GARANTIA CONSAGRADA EN EL ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 147

Precedentes

Amparo directo 88/91. Plásticos kuhlpre, S.A. de C.V. 27 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria Tello Cuevas. Secretario: Roberto Hernández Pérez.
Registro digital (IUS): 221632