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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221643
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 155

CONTRATOS SUCESIVOS. CUANDO NO SE DA TAL SUPUESTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 155

Precedentes

Amparo directo 5583/91. Mario Cuevas Rodríguez. 14 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: María Edith Cervantes Ortiz. Secretario: Jorge Dimas Arias Vázquez. Amparo directo 6123/91. Angel Castillo González. 9 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Salvador Arriaga García. Véase: Jurisprudencia publicada en Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 151-156, Quinta Parte, página 112.
Registro digital (IUS): 221643