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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 159
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA. ES POSIBLE CITAR A ALGUNA OTRA AUTORIDAD QUE PUDIERA TENER INJERENCIA EN LA EJECUCION DE LOS ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 159
Aunque se ha establecido jurisprudencia en el sentido de que la litis en el amparo se establece cuando las autoridades responsables rinden su informe justificado, y que por ende, mientras tal informe no se rinda, el quejoso puede ampliar su demanda o modificarla en cuanto a su derecho convenga, siempre y cuando esté dentro de término legal para pedir amparo, ello es en relación a los actos reclamados de las responsables inicialmente llamadas a juicio, pero no se elimina la posibilidad de que ampliándose la demanda se cite al procedimiento constitucional a alguna otra autoridad que pudiera tener injerencia en la orden o ejecución de los actos impugnados por el agraviado, según se desprenda precisamente no sólo de los informes justificados rendidos por las responsables, sino de alguna otra constancia o probanza ofrecida por las partes en el juicio, siempre y cuando también lo haga dentro del término que la ley concede para promover amparo, a partir de la fecha en que se agreguen al expediente aquellos documentos de los que surja el conocimiento de la autoridad o acto no señalados en el escrito inicial de la demanda.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 35/91. Editorial Kino, S.A. de C.V. 21 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretario: Ernesto Encinas Villegas.