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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221663
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 167

DESCANSO DE MEDIA HORA EN JORNADA CONTINUA. CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 167

Precedentes

Amparo directo 235/91. Sergio Homero Castañeda Martínez. 3 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Alejandro G. Chacón Zúñiga. Amparo directo 512/89. Angela Contreras Esparza y otras. 5 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretaria: María Blanca Idalia López García. Octava Epoca, Tomo VII-Junio, página 256. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia IV.3o. J/12, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, Noviembre de 1995, página 361, de rubro: "DESCANSO DE MEDIA HORA. EN JORNADA CONTINUA. CARGA DE LA PRUEBA."
Registro digital (IUS): 221663