Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/221667
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221667
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 170

DIRECTOR DE FISCALIZACION DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA. PRECISA ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES PARA REQUERIR DEL PAGO DE IMPUESTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 170

Precedentes

Revisión fiscal 19/91. Subprocurador Fiscal Regional del Golfo Centro del Tribunal Fiscal de la Federación, por su representación. 22 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.
Registro digital (IUS): 221667