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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XV.1o.26 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221696
Clave de tesis
XV.1o.26 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 190

HONORARIOS PROFESIONALES, EL INCIDENTE DE PAGO DE, NO TIENE RELACION DIRECTA CON EL NEGOCIO PRINCIPAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 190

Precedentes

Amparo directo 300/90-1. Leopoldo Cortez Calderón. 9 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José Luis Delgado Gaytán.
Registro digital (IUS): 221696