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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221709
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 200

INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES. DEBE PROMOVERSE CUANDO SE IMPUGNA DE FALSA LA FIRMA DEL ESCRITO DE EXPRESION DE AGRAVIOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 200

Precedentes

Amparo directo 530/90. Automotriz de Durango, S.A de C.V. 4 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Homero Fernando Reed Ornelas.
Registro digital (IUS): 221709