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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII.2o. 21 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221713
Clave de tesis
VII.2o. 21 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 202

INFORMACION AD PERPETUAM, DILIGENCIAS DE. SU VALOR PROBATORIO PARA DEMOSTRAR LA PROPIEDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 202

Precedentes

Amparo directo 1128/88. Adelaido Zaleta Delgado, como apoderado de Vitelia Candanedo Trejo. 5 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Heriberto Sánchez Vargas. Notas: Por ejecutoria de fecha 13 de noviembre de 2002, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 5/2002-PS en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 24 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 149/2003-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 221713