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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221723
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 208

JUICIO PRIVATIVO DE DERECHOS AGRARIOS. NOTIFICACION A LOS POSIBLEMENTE AFECTADOS AUSENTES. SE RIGE POR LOS ARTICULOS 429 Y 2o. TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA Y 6o., FRACCION V, DEL REGLAMENTO DEL ARTICULO 173 DEL ABROGADO CODIGO AGRARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 208

Precedentes

Amparo en revisión 256/91. Francisco García. 5 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.
Registro digital (IUS): 221723