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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221743
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 224

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SI SE ACEPTAN LOS HECHOS DE LA DEMANDA EN LOS QUE SE PRECISAN LAS CONDICIONES, SE CONSIDERA QUE ES DE BUENA FE Y OPERA LA REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 224

Precedentes

Amparo directo 227/91. Rodrigo Armenta Orduño. 26 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretaria: María de los Angeles Peregrino Uriarte.
Registro digital (IUS): 221743