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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221799
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 261

REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. PROCEDE DECRETARLO, CUANDO EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA OMITE RECIBIR PRUEBAS LEGALMENTE OFRECIDAS PARA ACREDITAR EL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 261

Precedentes

Amparo en revisión 96/91. José Luis Dorame Gastélum y otra. 10 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas.
Registro digital (IUS): 221799