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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221810
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 268

RIESGO DE TRABAJO. EL ESTADO DE SALUD ANTERIOR DEL TRABAJADOR NO INFLUYE EN LA DETERMINACION DE LA INCAPACIDAD SUFRIDA NI EN EL GRADO QUE A ESTA CORRESPONDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 268

Precedentes

Amparo directo 4046/91. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira. Amparo directo 1286/91. Instituto Mexicano del Seguro Social. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira. Octava Epoca, Tomo VII-Junio, página 414.
Registro digital (IUS): 221810