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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 269
ROBO DE USO NO CONFIGURADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 269
La circunstancia de que para apoderarse de un vehículo utilizara el quejoso un arma de fuego con la que amagó a su propietario y luego con la misma unidad se trasladara con el coacusado a una gasolinera para cometer otro robo, conduce a concluir que el apoderamiento del referido vehículo fue hecho con ánimo de apropiación y no de carácter temporal.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 416/90. Oscar Moguel Mendoza. 7 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.