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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221813
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 271

SALARIOS VENCIDOS. CALCULO DE SU IMPORTE, EN EL CASO DE QUE SE HAYA EJERCITADO LA ACCION RESCISORIA Y SE DEMANDE EL PAGO DE LA INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 271

Precedentes

Amparo directo 290/90. Agustín Baños Ortega. 27 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Javier Pons Liceaga. Secretario: Esteban Alvarez Troncoso.
Registro digital (IUS): 221813