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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221918
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 112

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. NOTIFICACION DEL ACTO IMPUGNADO, EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION NO OBLIGA AL DEMANDANTE A SEÑALAR EN SU DEMANDA LA FECHA DEL CONOCIMIENTO O DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 112

Precedentes

Amparo directo 641/91. Inmobiliaria de la Suerte, S. A. 20 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Registro digital (IUS): 221918