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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 221929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 120
DEMANDA. COMO ACTO JURIDICO ES SUSCEPTIBLE DE INTERPRETACION INTEGRAL TOMANDO EN CUENTA QUE CONSTITUYE UN TODO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 120
Es legal una sentencia cuando su dictado no se aparta de los hechos constitutivos de la controversia, sino que se apoya en una debida interpretación del escrito inicial de demanda, ocurso, que como cualquier otro acto jurídico es susceptible de interpretación cuando existen palabras contrarias, si se desprende de las constancias de autos que un actor demandó la terminación del contrato de arrendamiento de una fecha determinada, sin embargo, en forma contradictoria, en un hecho de la demanda manifestó que el contrato fue celebrado otro día diverso. Ahora bien, si la demanda es un todo que debe tomarse en cuenta en su integridad, es posible determinar que el actor reclamó la terminación del contrato de fecha determinada, pues el documento base de la acción exhibido data de esa fecha; luego entonces es indubitable que lo manifestado por el actor a que el contrato se celebró otro día diverso, obedece a un error.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2907/91. Rogelio Gayol Díaz. 13 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.3o.C. J/40, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página 1240, con el rubro: "DEMANDA. COMO ACTO JURÍDICO ES SUSCEPTIBLE DE INTERPRETACIÓN INTEGRALMENTE."