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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221973
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 152

LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS, INCIDENTE DE. CASO EN QUE NO PROCEDE TRATANDOSE DEL DELITO DE HOMICIDIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 152

Precedentes

Amparo en revisión 51/90. Jaime Arturo Berber Adame y María Guadalupe Rodríguez García. 7 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Alberto Montes Hernández.
Registro digital (IUS): 221973