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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
221981
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 158

MINORIA O MAYORIA DE EDAD. CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 158

Precedentes

Amparo directo 221/91. Martín Alcazar Vargas. 10 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rául Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco. Amparo directo 342/90. Abel Guzmán Guillén. 21 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rául Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco.
Registro digital (IUS): 221981